¿LA MARCHA DE FRENA?

marcha frena.jpeg

Una pregunta y una respuesta polémica: ¿La multitudinaria manifestación al zócalo de la CDMX el pasado 3 de octubre (mas de 100,000 personas), puede ser considerada un acto tan sólo de FRENA? Estuve ahí y puedo afirmar que no.

El descontento con el gobierno de AMLO es de muchísima gente y aunque FRENA es el único grupo organizado que se ha manifestado con fuerza ciudadana en contra de los actos y políticas de nuestro Presidente, existe un inmenso número de personas que sin pertenecer a dicha agrupación, piensan igual.

En lo personal, además de haber asistido a otras manifestaciones recientes previas, estuve presente en la marcha del 3 de octubre. Antes, el 25 de septiembre visité el campamento de FRENA en el zócalo (reportado en mi pasada Hormiga) y pernoctado la noche del 30 del mismo mes, en una tienda de campaña dentro del campamento. No soy miembro de FRENA, pero he querido constatar los hechos de manera directa, ya que simpatizo con su postura en relación con AMLO y deseo reportar a mis lectores lo que viví y sentí y en la medida de mis posibilidades, apoyarlos. 

La marcha de 3 de octubre fue claramente anti-AMLO. La mayoría de las porras eran: “Fuera López” y “Viva México”, además de estribillos como “López Obrador no sirves para nada, haznos un favor y vete a la chingada”, que a todo pulmón coreaban los manifestantes. Repetidamente se cantó el Himno Nacional. Recuerdo varias marchas reclamando seguridad en regímenes pasados, pero nunca había estado en una de estas dimensiones, integrada por personas con determinación, decencia y unidad. Fue una verdadera fiesta cívica. 

La mayoría de las personas con las que tuve la oportunidad de platicar, no eran miembros de FRENA, pero sin duda eran anti-AMLO.

Si se le ha de bautizar a la marcha con un título, este no es “La Marcha de FRENA”, ni “La Marcha por La Libertad y la Justicia” como en algunas ocasiones he escuchado identificarla. Fue “La Marcha Anti-AMLO”.

Al llegar al zócalo en medio de un río caudaloso de gente enojada/no agresiva, me coloqué entre quienes veían el balcón con ansias de que el Presidente se asomara, lo que seguramente hizo con discreción, atrás de los visillos. 

Recientemente, en el programa de televisión de Leo Zuckermann, compartieron comentarios el propio Leo, Hector Aguilar Camín, Jorge Castañeda y Javier Tello, en lo que a todas luces fueron las opiniones de una torre de marfil, que observa atrás de nubes que velan. Le dedicaron la mayor parte del programa a discutir si FRENA es una “organización de derecha” o de “extrema derecha”, sin referirse a quienes no somos miembros de FRENA pero los apoyamos y que en la reciente marcha estimo que fuimos mayoría. Entiendo, que los panelistas, por ser ampliamente conocidos, no pueden ni marchar, ni menos entrar al campamento de FRENA. En ello los aventajo, ya que puedo hacer un reportaje objetivo desde la cara anónima de un desconocido.

 Lo que se está gestando es un movimiento social, que quiérase o no, en la medida que sea numeroso, tendrá influencia política. Se distingue por no ser ni querer ser un partido político, no buscar puestos públicos, pero sobre todo por considerar que el cambio anhelado no vendrá con el uso de mecanismos establecidos en la ley, como son los procesos electorales. Basan su tesis en las conclusiones de un profesor de Harvard, que después de años de estudiar cómo han sido removidos diversos dictadores, llega a la conclusión de que sólo y únicamente abandonan el cargo por presión social, ya que el dictador maneja a su beneficio las instituciones, los funcionarios y los procesos (como en Bolivia, Rumanía, Ecuador, Honduras y Chile en 2019). 

¿Por qué la urgencia de que AMLO renuncie antes del 1 de diciembre? Porque no habrá completado dos años en el poder y en ese caso, la Constitución señala que el cargo de Presidente Interino debe ser ocupado por quien designe por mayoría absoluta el Congreso de la Unión. Además, el  propio congreso deberá convocar a una nueva elección presidencial, dentro de los diez días siguientes a dicho nombramiento, la que debe llevarse a cabo en un período “no menor de siete meses ni mayor de nueve” contados a partir de la fecha de la convocatoria (Art. 84).