ARTURO ZALDÍVAR. TRANSFORMADOR INTELIGENTE Y SAGAZ
Pregunta: ¿Por qué el sospechosismo nos nubla la vista cuando se pone en tela de juicio la honestidad de un funcionario público y no nos permite rectificar, a pesar de la evidencia en contrario? Este es el caso de las dudas existentes sobre la honorabilidad de Arturo Zaldívar, Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Sujeto a la brevedad de este artículo, comento lo siguiente:
1. Se criticó severamente el silencio que guardó sobre la prórroga a su mandato como Presidente de la Corte, establecida en el artículo transitorio que aprobó la reforma judicial (presentada por Zaldívar, en su calidad oficial, para discusión y aprobación), por ser contraria a lo preceptuado en el Art. 97 constitucional, que dispone que quien desempeñe el cargo de Presidente de la SCJ “no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior”. Los medios y algunos expertos indicaron que se trataba de un “regalazo” a Zaldívar, persona “cercana” al Ejecutivo, y que el silencio de Zaldívar era la demostración de la no existencia de la división de poderes y la ruptura al estado de derecho.
Poca atención se le ha dedicado al hecho de que el silencio le sirvió a Zaldívar para que AMLO, 47 días después de la aprobación de la reforma judicial, finalmente la promulgara y con ello entrara en vigor. De haberse manifestado antes en contra de la prórroga de su mandato, es posible que la referida promulgación aun no hubiera ocurrido. Cabe agregar que dicha reforma ha sido apoyada por Zaldívar, que la requiere para combatir dos grandes males dentro del Poder Judicial Federal a los que con frecuencia se ha referido: (i) la corrupción y (ii) el nepotismo.
2. Se ha criticado que la reforma judicial otorga al Consejo de la Judicatura que Zaldívar preside, poderes amplísimos para hacer cambios en la adscripción de jueces y magistrados de una a otra jurisdicción, lo que se presta a traslados a lugares de riesgo e inclusive a castigos. Se alega que la calificación de dicho Consejo permite la entrada de juicios subjetivos. Este es una práctica similar a la que se sigue en otros países. Es de anticipar que las experiencias se encargarán de evitar y sentar los precedentes objetivos necesarios para avanzar en la madurez del Consejo. Lo anterior no puede conceptuarse como crítica de peso a Zaldívar, aunque sí para tomarse en cuenta en las adscripciones futuras que se decidan.
3. A Zaldívar se le acusa de “constitucionalista transformador”. Es decir, un juez que apoya la interpretación cambiante de la constitución, postura que de seguirse, otorgará a los jueces una función activista y un poder político y jurídico concentrado y peligroso.
Zaldívar es un adelantado a su época y esto cuesta, en su caso, en prestigio y efervescencia creada por quienes gustan de sembrar dudas cuando vislumbran posibles cambios que consideran riesgosos. Se afirma que no debe darse a los jueces mas facultades que las que le concede la interpretación reducida de la ley. Se trata de seguir la tradición de ver al derecho, valga la analogía, como un exprimidor de naranjas: se coloca el caso práctico (la naranja) en el exprimidor, el juez baja la palanca (la ley) y se obtiene la sentencia (el jugo). Es la concepción de la ley perfecta que contempla toda posibilidad, postura difícil de seguir actualmente, cuando las condiciones sociales cambian con celeridad inusitada, tales como el matrimonio del mismo sexo, el aborto, la discriminación en contra de quienes se niegan a vacunar, etc.
La transformación de la ley y antecedentes por los jueces en los EUA, ha permitido modificar la tesis discriminatoria de la gente de color y otras minorías de “separados pero iguales”, a ser considerada inaceptable, sin cambiar una coma a su Constitución.
La revisión judicial sobre la constitucionalidad de una ley es un caso aparte. Aquí se carece de espacio para tratar el tema.
Como juzgador, Zaldívar es liberal y requiere de jueces honestos que apliquen en este mundo cambiante la ley, pero adecuándola al momento social.
Cabe agregar que en lo personal, Zaldívar ha destacado además por su apoyo a la tan necesitada defensoría de oficio y con sus tesis sobre el establecimiento de principios para determinar responsabilidad en casos de bullying; de parámetros para la efectividad de los derechos de los niños a ser escuchados y a participar en procedimientos judiciales; estándares para los procesos sobre menores víctimas de abuso sexual y víctimas de delitos de violación y secuestro, así como la posibilidad del reclamo de una indemnización moral por violencia doméstica, entre otros.
En mi opinión, nada de lo anterior puede ni debe considerarse contrario al buen nombre de Arturo Zaldívar, quien además de buen juez, ha demostrado sagacidad política, lo que mucho ayuda en el puesto que desempeña.
Agradezco al Dr. Rafael Estrada Michel, ex Director General de Instituto Nacional de Ciencias Penales y del Instituto de la Judicatura Federal, actual Director General Ejecutivo de la revista Tiempos de Derechos, la substancial conversación que sostuvimos a este respecto. Aclaro que lo aquí contenido es sólo de mi responsabilidad y criterio.